1. Si en una causa penal se considerase necesaria la comparecencia individual ante las autoridades de una de las Partes, en calidad de testigo o para un careo, de un individuo detenido en el territorio de la otra Parte, se formulará la correspondiente solicitud. La Parte requerida podrá denegar https://mylesmewku.newbigblog.com/34672784/considerations-to-know-about-extradición-méxico-españa